Actualmente nuestro país en condiciones de contingencia sanitaria la cual ha paralizado a la población y a los diversos sectores productivos, provocando consecuencias sociales y económicas de manera importante, el Comercio Exterior no escapa a esta coyuntura.

En materia de comercio exterior las operaciones de compra venta a nivel internacional continúan y México no es la excepción, ya que el intercambio de bienes y servicios es necesario para los diversos sectores económicos y comerciales que importan mercancías, así como para las empresas exportadoras que comercializan sus productos con otros países.

La importancia del Comercio Exterior en México no solo es de carácter comercial y atracción de Inversión Extranjera, si no que su función recaudatoria es muy importante, ya que más del 60% del IVA a nivel nacional es recaudado por la importación de mercancías que se realizan por las 49 aduanas del país.

Acorde a la Organización Mundial del Comercio (OMA) este organismo establece a los países miembros-México es integrante- las responsabilidades relacionadas con el tráfico internacional de mercancías, por lo que en los últimos años hemos observado un cambio de las responsabilidades tradicionales en las Aduanas del país, cuyo objetivo principal era la recaudación de impuestos, a responsabilidades más amplias, tales como facilitar el comercio exterior.

Estas medidas de facilitación para las operaciones de comercio exterior consisten en la liberación más ágil y expedita de mercancías en fronteras, reducción de los costos, mayores ingresos por recaudación, por la comercialización de mercancías y por consecuencia mayor Inversión Extranjera Directa (IED) para generar una mayor competitividad económica.

Asimismo, México también tiene firmados diversos Tratados y Acuerdos Comerciales, que le han ayudado a atraer empresas extranjeras interesadas en invertir, lo que ha impulsado en gran medida el desarrollo económico y comercial y con la entrada en vigor del TMEC la legislación en materia aduanera y de comercio exterior ha sido modificada de manera importante para adecuarla a los nuevos términos de este Tratado Comercial, por lo que estas modificaciones obligan a los contribuyentes al cumplimiento de estas.

Como podemos observar, resulta imposible restringir las importaciones y exportaciones en nuestro país, ya que es una actividad económica esencial, sin embargo, la fiscalización en materia de comercio exterior se ha incrementado para contribuir a la recaudación de impuestos, multas derechos y aprovechamientos a la Hacienda Pública en virtud de la disminución en los volúmenes de recaudación por la contingencia sanitaria.

También podemos observar el incremento de la fiscalización principalmente electrónica de manera importante, ya que dadas las constantes modificaciones a la legislación resulta necesario analizar el nivel de riesgo fiscal-aduanero en las operaciones de comercio exterior de las empresas.
Con base a lo anterior, la continuidad de estas operaciones conlleva a seguir con el debido cumplimiento de las disposiciones normativas, legales y fiscales para continuar con esta actividad económica de gran importancia en nuestro país.

Con la finalidad de contribuir en la continuidad de sus actividades de Comercio Exterior, nos ponemos a sus órdenes con nuestros Servicios y así estar en la posibilidad de reducir o eliminar riesgos fiscales, legales y normativos para su empresa.

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